sábado, 14 de abril de 2012

Marcas registrables y no registrables

*MARCAS REGISTRABLES*

Este tipo de marca le da más proteccion al titular y su uso exclusivo.
Son aquellas que tienen condiciones legales de omision de ley para que tengan un registro ante el IMPI.

Las condiciones son que tengan un signo visible, excluye del sistema mexicano el registro de las
marcas de sonido que reconocen otros paises.

Sus caracteristicas son: No deben ser genericos, no debe haber similitud entre las marcas, deben ser faciles de pronunciar, debe señalar las caracteristicas del producto y debe contener un color distintivo.


*MARCAS NO REGISTRABLES*

Estas marcas son los signos que carecen de distintividad (letras, caracteres, colores aislados, etc).

Tienen prohibiciones: No deben usar colores naturales, nada con contenido eclesiastico, debe tener moral, nada de simbolos patrios o gubernamentales, simbolos o emblemas.

1 comentario:

  1. Chicas:
    En marcas registrables, el que hayan puesto que deben de tener "moral" esta fuera del contexto jurídico. Cuidado con argumentos que no se respaldan con la ley.

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